domingo, 6 de julio de 2014

DECRETO DE URGENCIA PARA ROBAR

Profesor de primaria jimmy calla colana

La madre del cordero sin lugar a dudas es el Decreto de Urgencia N° 004-2009,fue aprobado durante una sesión del Consejo de Ministros a iniciativa del mismo José Antonio Chang Escobedo, fue emitido el 10 de enero de 2009, rubricado por el presidente Alan García, y el congresista Yehude Simón, como presidente del Consejo de Ministros; José Antonio Chang a cargo del sector Educación, y el extitular de energía y Minas, Pedro Sánchez, encargado del Ministerio de Economía y Finanzas. Avalado por el aprismo y fujimorismo.

Que consigna:
El presente decreto exonera de la realización del proceso de selección, debiendo observarse la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento en todo lo correspondiente a la etapa de planeamiento y programación de las adquisiciones y contrataciones, así como la formalización del contrato y ejecución contractual”, dice la norma. 

Los exgobernantes alegan que aprobaron el decreto de urgencia en mención por la necesidad de hacer frente a la crisis económica como parte del estímulo fiscal, pero esto no es cierto, ya que el propio expresidente García constantemente aseguraba que nuestro país estaba blindado de la crisis económica internacional y además porque no cumple con las características de emergencia, o estado de excepción que exige la Carta Magna para la emisión de un decreto de urgencia.

Mediante este dispositivo ilegal y anticonstitucional, se ejecutaron 77 obras a nivel nacional, mediante contratación directa para la elaboración de expedientes técnicos, supervisión y ejecución de obras por el monto de S/. 1 251, 203,350.70. (Mil doscientos cincuenta y un millones doscientos tres mil trescientos cincuenta soles,  milloncitos más o milloncitos menos)

 "Estos decretos fueron emitidos sin cumplir con disposiciones legales y constitucionales, específicamente sin atender lo dispuesto en el inciso 19) del artículo 118 de la Constitución", que a la letra dice:

Dictar medidas extraordinarias, mediante decretos de urgencia con fuerza de ley, en materia económica y financiera, cuando así lo requiere el interés nacional y con cargo de dar cuenta al Congreso. El Congreso puede modificar o derogar los referidos decretos de urgencia.”

Sin embargo un grupo de personas del partido aprista utilizando el poder político, se apropiaron ilícitamente de millones de soles del erario nacional.

Más aún algunas instituciones educativas han sido consideradas como emblemáticas a pesar de no serlo, lo que habría ocasionado perjuicio económico al erario nacional por S/. 45'922,498.15 (cuarenta y cinco millones novecientos veintidós mil cuatrocientos noventa y ocho soles) en cinco obras ejecutadas, al no respetar los importes considerados en estudios, expedientes y códigos SNIP al haberse contratado y pagado mayores montos.

También hay concertación y/o asociación de funcionarios del Ministerio de Educación que intervinieron, como Asabedo Fernández Carretero (secretario general), Luis Huaylinos Maraví (jefe de OINFE), Jorge Guevara Zapata (jefe de la  Oficina General de Administración y encargado de Abastecimientos); y de igual modo alcanza responsabilidad a José A. Chang Escobedo, por haber sido titular del Pliego y es quien ha dirigido a este equipo de funcionarios para oscuros objetivos. Todos ellos están inmersos en  los ilícitos penales, relacionados con Delitos Cometidos Por Funcionarios Públicos, en la modalidad de Malversación de fondos y Colusión, tipificados en los artículos 389º y 384º  del Código Penal respectivamente, ya que se, y han  beneficiado a los proveedores como ejecutores de obra de las empresas.

Además, existe, la intervención  del  ex ministro José A. Chang, al permitir con alevosía que empresas relacionadas de su entorno, tales como Corporación Ejecutora de Obras SAC (CEDOSA), Pérgola SAC y Building SAC e Instituto de Vivienda  Urbanismos y Construcción, IVUC de la Facultad de Ingeniería y arquitectura de la USMP, participen en contrataciones con el Estado en el Sector Educación que él dirigía, por lo que ha incurrido en delitos cometidos por funcionarios públicos en la modalidad de abuso de autoridad previsto y penado en el artículo 376º del Código Penal, al haber actuado con la clara intención de sacar ventaja y provecho personal en perjuicio de los fondos del Estado. 

Es necesario investigar los Estados Financieros de la Universidad, que obra en la Superintendencia de Mercado de Valores, donde hay la existencia de un incremento en el patrimonio neto de dicha universidad. Esto respecto al periodo 2011 con S/.206'552,000.00 (doscientos seis millones quinientos cincuenta y dos mil soles), en relación al año próximo anterior 2010 que en la misma cuenta presentaba el monto de S/. 31'027,000.00 (treinta y un millones veintisiete mil soles).Hay un perjuicio económico de S/. 7'659,677.63 por haber cambiado los términos de referencia para favorecer a las empresas contratistas en las exoneraciones de procesos en cuatro colegios emblemáticos. Donde Jorge Luis Guevara Zapata, Asabedo Fernández Carretero, Luis Huaylinos Maraví, Pedro Morales y César Escate, con su jefe Chang Escobedo son los que han malversado fondos y se han coludido bajo el pretexto de los colegios emblemáticos vía el decreto de urgencia 004-2009, mediante la colusión y la asociación.

Guevara, Morales y Huaylinos han sido los operadores de Chang, en todos estos manejos sucios, ellos no han cuidado los intereses del Estado ya que se dejó de cobrar S/. 2'187,942.50. Luis Huaylinos desarrolló transacciones que superarían los $150 mil dólares en octubre del 2009, en dos bancos peruanos.  De igual forma a Pedro Morales por la transacción financiera de S/. 234,067.35; así como a los familiares directos del funcionario Asabedo Fernández por la transacción financiera superior a los $45,500.00 dólares durante el mes de junio de 2010. Pero es sospechoso que no aparezcan en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (Seace) los informes técnico y legal que motivaron la dación del Decreto de Urgencia 04-2009 del 1 de enero de 2009.

Pero hay que recalcar que esta norma no otorga facultades a García para que elabore y autorice informes técnicos, ni mucho menos para que elabore y autorice expedientes legales en las compras mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE). Más aún a García no se le conoce especialidad en Ingeniería Civil o Arquitectura, pero él aparece autorizando dichos expedientes en la contratación de obras, en la contratación de servicios, en las compras para el Estadio Nacional y para los colegios emblemáticos. Y algo más, todas estas operaciones las hacía en un mismo día, ¡increíble pero cierto!

A eso se agrega que en la etapa de planificación se determina las características técnicas (Informe Técnico) de lo que se va a contratar, el cálculo del valor referencial, la aprobación del expediente de contratación, los presupuestos y otros, como lo establece la Ley de Contrataciones del Estado. Pero, como García participó en las compras electrónicas sin ser su función, y sin respetar los artículos expuestos, habría cometido los delitos de usurpación de funciones y abuso de autoridad; y en sobrevaloración de compras como las realizadas en la remodelación del Estadio Nacional. 

CONCLUSIÓN
En virtud del irregular Decreto de Urgencia N° 04-2009, de 7 de enero de 2009, peticionado por el entonces ministro Chang Escobedo, aprobado en Consejo de Ministros, publicado en El Peruano el 10 de enero 2009, se ordenó la remodelación de sólo veinte colegios al cual se les adjetivó de emblemáticos de Lima, con el fundamento de evitar riesgos a alumnos, profesores y de no interrumpir las actividades educativas.
A las 48 horas, es decir, el 12 de enero de 2009, se añadió de alijo, mala fe, con dolo, alevosía y mediante Fe de Erratas, la remodelación del Estadio Nacional, ojo, ¡que no es un colegio!, menos emblemático ni centenario, ni cuenta con alumnos y profesores en riesgo por la caída de sus instalaciones, y que tampoco cumple actividades educativas, cuya remodelación se hizo al costo de S/. 208´793,220.00.
Lo inverosímil, ilícito y también de contenido penal vino luego y en sucesión. El citado Decreto de Urgencia 004, en su Artículo 7°, autorizaba al ministro Chang Escobedo la incorporación, mediante simple Resolución Ministerial (con única firma de él), de otros colegios algunos totalmente desconocidos, al programa de remodelación de colegios emblemáticos, que, el 7 de enero de 2009, día de aprobación del DU en Palacio, no se sabía cuáles eran, si estaban ruinosos o no y si eran o no emblemáticos.
En otras palabras, el DU 004 delegaba a un ministro dictar una resolución ministerial, de efecto idéntico al Decreto de Urgencia original. ¡Alan ordenaba a Chang que sustituya al propio presidente y al consejo de ministros!, increíble pero cierto, Chang como “flash”, cumplió a velocidad y en tropel supermán, incorporando al programa remodelador una infinidad de colegios, cuyos millones de nuevos soles para tal refacción los proveían Alan y Chang mediante Decretos Supremos. ¡Ambos jugaban ping pong  con el dinero del tesoro público!, o también jugaban yaces, “esto pa ti, esto pa mí”, y el contralor Fuad Khoury, buscando la pelotita cuando corría o se les escapaba.
El 3 de marzo de 2009, mediante Resolución Ministerial N° 0050-2009-ED, Chang Escobedo, a sola firma, añadió 19 colegios más al programa ignominioso creado por una asociación para robar o para delinquir.
Pero luego el ministro se alocó y como volantes sacó Resoluciones Ministeriales:
El 22 de diciembre de 2009, Chang dictó la 0376-2009-ED, incorporando 2 nuevos colegios.
El 26 de octubre de 2010, por 0318-2010-ED el mismísimo Chang incorporó 122 colegios más.
El 16 de febrero de 2011, se incorpora el Mariscal Cáceres de Ayacucho, por la  0073-2011-ED.
El 28 de abril de 2011, ya “estaba una cabra loca” por RM N° 0154-2011-ED se añaden al programa 44 colegios más del interior del país.
El 22 de julio de 2011, se encontró “con el pozo de la dicha” postores a dedo era una veta de oro, para sus empresas socias, de las que presuntamente sería accionista, por RM N° 0343-2011-ED, se incorporan 19 colegios más.
El regordete Alan se encargaba de proveer el dinero del Estado para estas remodelaciones, al estilo “aprosiciliano método faenón”, convirtiendo lo urgente, excepcional o extraordinario, de que debe tratar cualquier DU, ¡en permanente!. Esto es lo que tiene que hacer relucir los medios de comunicación de la prensa escrita y TV, con los mismos papagayos que fungen de analistas.
Por el DU N° 011-2009, destinó S/. 270’000,000.00; por los Decretos Supremos N° 006 y 007-2009-ED, ambos del mismo día 18-3-2009, proveyó S/. 43´078,818.00 para "continuidad de proyectos"; y por el Decreto Supremo N° 009-2010-EF de 21-1-2010, transfirió S/. 219´000,000.00 más, y así sucesivamente hasta que terminó su mandato el 27-7-2011, Gracias a Dios, porque si no se llevaban el Palacio de Gobierno a su casa.
En los colegios de provincias se gastó S/. 724´380.818; en los de Lima, S/. 406,497.474; en pagar expediente técnicos y equipamiento, S/. 397´569,451.00; en la refacción del Estadio Nacional, S/. 208´793,220.00; y en la nueva sede del Ministerio de Educación, S/. 44´599.581.24; todo por un Total de S/. 1,776´840.544.24 milloncitos más o milloncitos menos; los peritos tendrán que precisar bien este monto.
¡Estas eran las urgencias de Alan García con su ministro Chang, con postores a dedo, y a la vez contertulios de Palacio (recuérdese que con uno de ellos se reunió durante cuatro horas)!
¿Podemos satirizar, entonces, como Decreto de Urgencia delictiva, el 004, que añadió, a 20 colegios emblemáticos, la remodelación del Estadio Nacional mediante una Fe de Erratas y autorizó incorporar a decenas de otras instituciones educativas por simple Resolución Ministerial de Chang Escobedo?


2 comentarios:

  1. HOLA, ASI ERAN LAS URGENCIAS DEL PANZON PERO NO SOLO URGENCIAS SINO EMERGENCIAS PARA SAQUEAR SI HUBIESE PODIDO PONERLE LLANTAS AL PALACIO LE HUBIESE HECHO RODAR ASI MISMO SON A DONDE VAN ME REFIERO A LAS INSTITUCIONES DONDE LLEGAN .
    ROSA GUTIERREZ.

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